CONSTITUCIÓN

Tribunal Supremo anula prisión en segunda instancia y Lula podría ser liberado

Por 6 votos contra 5, la Corte brasileña siguió el principio constitucional que garantiza presunción de inocencia

Brasil de Fato |
Voto del presidente de la Corte, magistrado Dias Toffoli, fue el decisivo y terminó a las 21h30
Voto del presidente de la Corte, magistrado Dias Toffoli, fue el decisivo y terminó a las 21h30 - Rosinei Coutinho/STF

Por mayoría, el Supremo Tribunal Federal (STF) revocó este jueves (7) la ejecución de pena después de condena en segunda instancia. Iniciado el 23 de octubre, el juzgamiento se cerró con un marcador de 6 a 5 a favor de la posición, expresa en la Constitución brasileña, de que la prisión de un acusado sólo puede ser autorizada después de agotar todas las instancias.

Considerada la decisión más importante de este año, podrá resultar en la liberación de casi 5 mil personas encarceladas sin condena en firme, entre ellas el ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, preso político desde abril del año pasado.

El Tribunal Federal Supremo deberá aún debatir como tal decisión será puesta en práctica. Hay divergencias, por ejemplo, sobre si la libertad debe ser decretada automáticamente por la propia Corte Suprema o evaluada por los jueces de ejecución penal caso por caso, pudiendo convertir el cumplimiento de pena en prisión preventiva.

Los votos

En la sesión de este jueves – la tercera de la Corte dedicada a analizar el tema –, iniciada con un marcador parcial de 4 a 3 a favor de la prisión después de segunda instancia, votaron Carmen Lúcia, Gilmar Mendes, Celso de Mello y el presidente de la Corte, Dias Toffoli. 

Carmen Lúcia reiteró su posicionamiento tradicional con relación al tema, votando a favor de la prisión después de condena en segunda instancia. 

Gilmar Mendes presentó un voto en que explicó la evolución de su posición, ya que, en el pasado, votó a favor de la prisión en segunda instancia y, este jueves, consolidó sus críticas más recientes a la medida.

Siendo el único además de Toffoli en citar el “caso Lula”, Mendes, que se mostró simpático a la idea de prisión en tercera instancia, afirmó que la actuación del Superior Tribunal de Justicia en el proceso del petista también influenció en su cambio de posición. 

“El caso Lula contaminó la discusión. Eso no contribuyó para el debate racional. Puedo ser sospechoso de todo, menos de ser petista. El caso Lula muestra como el sistema funciona mal. Y aún no estoy hablando de The Intercept. El combate a la corrupción se debe hacer dentro de los marcos del debido proceso legal”, dijo. 

Celso de Mello, que votó después de Mendes, también fue contrario a la prisión después de segunda instancia. El afirmó que, a pesar de la gravedad de la corrupción en el país, las directrices establecidas por la Constitución deben ser plenamente observadas, contrariando también algunos argumentos de defensores de la medida.  

Dias Toffoli, último en votar por ser presidente de la Corte, inició su posicionamiento afirmando que la cuestión técnica en los presentes procesos es la adecuación de las reglas del Código de Proceso Penal a la Constitución. 

En ese sentido, afirmó que la "voluntad de los representantes del pueblo" estaba de acuerdo con el texto constitucional al establecer el agotar todas las instancias como marco. Indicó, por otro lado, que no vería problema en caso de que el Congreso desee, a futuro, modificar ese momento procesal.

Lula

En una nota divulgada enseguida de terminada la sesión, la defensa del ex presidente informó que, con base en la decisión del STF, ingresará este viernes (8) un pedido de liberación inmediata de Lula. La decisión de ingresar el pedido habría sido tomada después de conversar con el ex presidente.

Por ley, Lula ya podría estar en régimen semiabierto, pero se había negado a pedir la conmutación de pena por entender que eso heriría su dignidad. "Quiero que sepan que no acepto regatear mis derechos ni mi libertad”, afirmó Lula en esa ocasión.

::"Necesitamos recuperar el espíritu rebelde del pueblo", dijo Lula a BdF; lea la entrevista completa::

Este jueves, los abogados del petista, Cristiano Zanin Martins y Valeska Martins, también afirmaron que van a reiterar la solicitud para que el Tribunal Supremo juzgue los habeas corpus que piden la nulidad del proceso alegando la "improbidad del ex juez Sergio Moro y de los fiscales de la Operación Lava Jato, entre otras innumerables ilegalidades".

 

Dias Toffoli es presidente del STF desde septiembre de 2018 (Foto: Felipe Sampaio/STF)

Primer día de votación

El relator del caso, Marco Aurélio Mello, votó contra la prisión después de condena en segunda instancia. En la ocasión, él afirmó que la armonia entre el Código de Proceso Penal y la Constitución es "completa", así, la prisión sólo es posible después de agotar todas las instancias, o sea, después del fin de todos los recursos. 

Alexandre de Moraes presentó un posicionamiento divergente. El apuntó que la posición a favor de la prisión en segunda instancia prevaleció por veinticuatro años y comenzó con la promulgación de la Constitución de 88. 

Edson Fachin y Luís Roberto Barroso siguieron la posición de Moraes y el primer día de votación  cerró con marcador de 3 a 1. 

Segundo día

En el segundo día de votación, 24 de octubre, la expectativa era en torno al posicionamiento de Rosa Weber. Eso porque, en el juzgamiento del habeas corpus del ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, ella cuestionó el tema. 

“El STF es el guardián de la Constitución, no su autor. Cuando el juez es más rígido que la ley, es injusto. No fuimos investidos de autoridad para declarar inconstitucional a la propia Constitución”, dijo Weber al posicionarse hoy por agotar las instancias. 

En la misma fecha, Luiz Fux votó por la prisión después de condena en segunda instancia, mientras que Ricardo Levandowski se alineó con Rosa Weber, conformando 4 votos a 3 contra la interpretación literal de la Constitución.

Prisión después de segunda instancia

La mayoría de los magistrados del Supremo decidió, en 2016, que la Justicia podría pedir la prisión de acusados cuya condena fuera confirmada en segunda instancia. El inciso 57 del artículo 5º de la Constitución afirma, mientras tanto que, “nadie será considerado culpable hasta agotar todas las instancias de sentencia penal condenatoria”. 

En comunicación con Brasil de Fato, juristas calificaron la prisión después de la condena en segunda instancia como “violación expresa, clara y frontal” de la Constitución y del Código de Proceso Penal y hasta incluso como una interpretación que “viola la lógica” fruto de un “debate vulgar”

Edición: Rodrigo Chagas | Versión en español: Pilar Troya