RETROCESO

Brasil: Reforma desmantela garantías laborales; entienda los cambios

Cámara de Diputados aprueba reforma laboral por 296 votos a 177, a pesar de protestas

Brasil de Fato | Brasília (DF) |
Oposición a Temer y al presidente de la Casa, Rodrigo Maia (del Partido Demócratas), protesta durante votación de la reforma
Oposición a Temer y al presidente de la Casa, Rodrigo Maia (del Partido Demócratas), protesta durante votación de la reforma - Gustavo Bezerra

La Cámara de Diputados aprobó en la noche del último miércoles (26) el Proyecto de Ley (PL) 6.787, de la "reforma" laboral, relatado por el diputado Rogério Marinho del Partido de la Social Democracia Brasileña (PSDB). Después de más de 10 horas de sesión, los parlamentarios aprobaron, alrededor de las 23h, el tema, por 296 votos a 177. Los destaques al texto iniciaron en seguida del resultado. Chamado de "desmantelamiento laboral" por centrales sindicales y movimientos populares, el texto de la reforma como está va a anular o alterar más de 100 puntos de la Consolidación de Leyes de Trabajo (CLT) y flexibilizar diversos derechos laborales.

Buscando retrasar la votación, que ocurrió dos días antes de la huelga general convocada para el viernes (28), diputados de la oposición trataron de aprobar dos requerimientos solicitando posponer la votación del proyecto, los cuales fueron rechazados por el plenario. El texto aún tendrá que pasar por el Senado y recibir la sanción presidencial.

Aprobada como proyecto de ley, si acaso hubiera sido una propuesta de enmienda a la Constitución – como la reforma de las Pensiones –, la medida no habría pasado, pues el número necesario de votos a favor es de 308.

Pérdida de derechos

El principal punto de la reforma laboral es la posibilidad de que negociaciones directas entre trabajadores y empresas se sobrepongan a la legislación en diversos puntos, el llamado "lo acordado sobre lo legislado". Actualmente, los acuerdos colectivos de trabajo tienen fuerza de ley y se sobreponen a la legislación, siempre que no violen lo previsto en la CLT.

Con el cambio, inclusive derechos laborales como la jornada de trabajo, salarios, intervalo intra jornada, vacaciones, entre otros, podrán ser revisados. El pago del décimo-tercer sueldo y el depósito de parcelas del Fondo de Garantía por Tiempo de Servicio (FGTS), sin embargo, no podrían ser modificados ni siquiera por acuerdo.

"Se trata de un proyecto de protección de las empresas y de desprotección del trabajador. Crea instrumentos para legalizar prácticas que precarizan el trabajo, reducen o impiden la protección sindical, y deja al trabajador expuesto a la coerción de las empresas en la definición de sus derechos", resume el director-técnico del Departamento Intersindical de Estadística y Estudios Socioeconómicos (DIEESE), Clemente Ganz Lúcio.

En la propuesta, el trabajador tiene la posibilidad de hacer acuerdos específicos, y de forma individual, con la empresa, lo que puede implicar en reducción de derechos. "La empresa coloca frente de ese trabajador un texto acordando que ella no debe nada a él, incluso el trabajador sabiendo que la empresa debe, por ejemplo, más de 50 horas extras. Se el trabajador firma este tipo de acuerdo, bajo amenaza de perder el empleo, pierde el derecho de reclamar en la Justicia de Trabajo. Es el tipo de cosa que te clava un puñal en el pecho", evalúa Clemente.

La reforma también establece nuevas modalidades de contratación, amplía los contratos temporales de trabajo e interfiere en la acción de los sindicatos, al poner fin a la contribución sindical compulsoria, el llamado impuesto sindical.

Mire los principales cambios y como impactan en la vida de los trabajadores:

Jornada de trabajo, intervalo y vacaciones

El texto de la reforma prevé que el empleador y el trabajador pueden negociar la carga horaria con límite máximo de 12 horas por día, 48 horas por semana y 220 horas por mes. Eso contraria hasta incluso lo que está previsto en la Constitución Federal, que admite el máximo de ocho horas diarias y jornada semanal de hasta 44 horas. Ese límite también es el recomendado en convenciones de la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Actualmente, el Tribunal Superior de Trabajo (TST) permite que algunas categorías, como profesionales de salud, motoristas y vigilantes hagan jornadas de 12 horas, con 36 horas de descanso. La reforma va a permitir que eso pueda ser hecho en cualquier categoría.

El intervalo intra jornada, como la hora de almuerzo, también podrá ser reducido a 30 minutos para quien trabaja más de seis horas por día. Eso significa que trabajadores con jornada de 10 o 12 horas diarias podrán tener el horario de intervalo limitado a media hora. "[Si se aprueba el proyecto] estaremos, como sociedad, condenando a esas personas al agotamiento, a la enfermedad, al aislamiento con relación a sus familiares", evalúa la jueza de trabajo Valdete Souto Severo, doctora en Derecho del Trabajo por la Universidad de São Paulo, en reciente artículo publicado en el portal Justificando.

Las vacaciones también podrán sufrir alteraciones. Actualmente, es permitido dividirlas en hasta dos partes, siendo que un período no puede ser inferior a 10 días. Si el proyecto pasa, las vacaciones pueden ser divididas en hasta tres veces, con mínimo de cinco días y uno de los períodos deberá ser obligatoriamente mayor de 14 días seguidos.

Contrato por hora y home office

Fue incluida en el texto una nueva modalidad de contratación, el llamado trabajo intermitente, hecho por jornada u hora de servicio. En este tipo de contrato, el trabajador queda a disposición del patrón, pero sólo recibe si y cuando fuese convocado para el servicio.

Otra modalidad que pasa a tener una regulación específica es el teletrabajo, cuando el empleado trabaja en casa, el llamado home office. Más de 15 millones de personas ya trabajan de esta forma en el país y ya había una previsión de que los mismos derechos del trabajo en la empresa valdrían para el trabajo en casa. Ahora, un contrato específico entre patrón y empleado podrá distinguir el teletrabajo, inclusive en relación al salario, uso de equipamientos, entre otros asuntos.

Reducción de salarios, trabajo temporal y jornada parcial

Los salarios también pueden ser reducidos por medio de acuerdo entre empleador y trabajador, siempre que no sea inferior al salario mínimo. Incluso así, con la ampliación del contrato de jornada parcial, pasa de las actuales 25 horas a hasta 32 horas semanales (incluyendo las horas extras), el trabajador recibirá menos de un salario mínimo. En la práctica, las empresas serán estimuladas a despedir trabajadores con jornadas integrales (44 horas) y contratar más personas con jornadas parciales.

El mismo efecto ocurrirá con el aumento del plazo para los contratos de trabajo temporal, que pasarán de los actuales 90 días para 120 días, renovables por 120 más. Esos contratos no prevén el pago de multa por despido sin causa justa y las empresas podrán contratar de forma temporal y substituir los trabajadores cada ocho meses, aumentando la rotación de los puestos de trabajo sin aumento de empleo.

Protección sindical

El proyecto también excluye la recaudación de la contribución sindical obligatoria. Con eso, cabe al trabajador/a manifestarse por escrito si permitirá el descuento de un día trabajado por año. La tendencia es que eso debilite aún más la actuación de los sindicatos en defesa de los derechos laborales.

Peores empleos

Países que adoptaron reformas parecidas a la que el gobierno de Michel Temer (PMDB) quiere implantar, registraron aumento de empleos con peores salarios y condiciones de trabajo y reducción de los mejores empleos. En México, por ejemplo, después de una reforma en 2012, hubo una disminución de 1,2 millón de empleos en los que la remuneración era mayor a dos salarios mínimos y un aumento de 1,2 millón de empleos para quien ganaba entre 1 y 2 salarios mínimos.

"Una serie de prácticas que hoy son consideradas ilegales, serán legalizadas. La ley va a permitir que se transforme una condición precaria de trabajo en algo legal", advierte Clemente Ganz Lúcio, del DIEESE. A medio plazo, el achatamiento de la masa salarial va a perjudicar la economía y reducir la recaudación de impuestos y de contribuciones a la seguridad social, comprometiendo aún más los servicios públicos e incluso hasta la jubilación. "Esa reforma de las Pensiones no será suficiente porque la pérdida de recaudación de las Pensiones podrá ser muy acentuada [después de la reforma laboral]", añade.

Edición: Vivian Fernandes | Traducción: Pilar Troya